MANUAL DE POLITICAS

SEGURIDAD CENTRAL LTDA, orientada a satisfacer plenamente a nuestros clientes, cuenta con un equipo humano competente que mantiene altos niveles de calidad del servicio manteniendo la integridad de nuestros procesos, en la prestación de vigilancia fija, móvil y escolta a personas y mercancías, con y sin la utilización de armas de fuego, medio canino y tecnológico, orientado hacia la mejora continua, la prevención de actividades ilícitas, corrupción y soborno.

Así mismo está comprometida, con el Sistema de gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, la gestión de los riesgos laborales, de todos sus trabajadores, contratistas, subcontratistas, independientes, clientes y demás partes interesadas. Además, estamos comprometidos con la protección del medio ambiente y prevención de la contaminación derivados de nuestras actividades.

Seguridad Central se responsabiliza a dirigir sus esfuerzos a proveer a sus colaboradores el mayor nivel de bienestar físico, mental, condiciones seguras en los lugares de trabajo, la prevención de accidentes de trabajos y enfermedades laborales, brindando espacios para la participación de los trabajadores y COPASST dentro del SG-SST.

Seguridad Central Ltda., cumple con los requisitos legales, internos, contractuales y otros requisitos aplicables que suscriba la empresa, proporcionando los recursos necesarios para cumplir con lo definido por la alta dirección.

Es compromiso de SEGURIDAD CENTRAL LTDA., establecer actividades de promoción y prevención de accidentes tránsito, es compromiso prioritario en la ejecución de su objeto social por lo cual nos hemos comprometido a desarrollar, implementar, mantener y mejorar permanentemente estrategias y acciones tendientes a lograr un excelente desempeño en seguridad vial durante el desempeño de nuestras funciones, identificando riesgos en la vía y evitando la ocurrencia de hechos de tránsito que afecten la seguridad, los procesos, el
cuidado de las personas y activos, para el cumplimiento de la política. El personal se regirá bajo los siguientes parámetros:

  • Cumplir con la reglamentación establecida en el Código Nacional de Tránsito terrestre según la ley 769 de 2002, enmarcando los principios de seguridad, calidad, preservación de un ambiente sano y la protección del espacio público.
  • Está prohibido transportar personal externo en los vehículos, sin contar con la autorización del superior autorizado.
  • Está totalmente prohibido usar el teléfono celular, equipos de video, audífonos u otros que puedan distraer al conductor mientras esta el vehículo en marcha.
  • Desarrollar las revisiones e Inspecciones de verificación del Mantenimiento Preventivo y Correctivo oportuno de los vehículos que intervienen en las operaciones de transporte, con el objeto de mantener un desempeño óptimo de estos y establecer medidas de control para evitar la ocurrencia de accidentes que puedan generar daños al personal o a la propiedad.
  • Cumplir con los horarios de movilización establecidos por el Departamento de Seguridad.
  • Promover el respeto y cortesía por otros conductores y usuarios de la vía y el cuidado del vehículo y la carga

SEGURIDAD CENTRAL LTDA, compartiéndole el interés, preocupación, y conscientes de la responsabilidad que tiene con sus trabajadores, sus políticas de calidad y el apoyo gubernamental, se han comprometido en evitar y minimizar lesiones a las personas, daños en equipos, instalaciones y medio ambiente, ocasionadas por la aparición de emergencias en el desarrollo de las actividades propias de la empresa.

Por lo anterior, SEGURIDAD CENTRAL LTDA, conforma la brigada de emergencias, como organismo interno de control de emergencias que se mantiene en constante entrenamiento y que depende directamente de la coordinación de salud ocupacional; cuya misión es asegurar el control eficaz y efectivo en el evento de presentare una emergencia, que conlleve a la preservación de la vida, la disminución de las lesiones en las personas, y daños
en las instalaciones y el medio ambiente.

Los trabajadores que se encuentren en las instalaciones de los clientes, deben participar activamente en el desarrollo de los planes de emergencia, propios del establecimiento o puestos de trabajo, brindando el apoyo necesario y respuesta oportuna en caso de emergencia.

SEGURIDAD CENTRAL LTDA, tiene como política empresarial prevenir ante sus trabajadores la presencia de los efectos nocivos derivados del consumo de bebidas alcohólicas, cigarrillo y sustancias alucinógenas; para lo cual se desarrollarán actividades de promoción, divulgación y capacitación dirigidas a informar a los trabajadores de los daños producidos por estas sustancias.

SEGURIDAD CENTRAL LTDA, acta las leyes, normas y conductas que rigen los principios de conservación de la salud pública. La Gerencia prohíbe explícitamente laborar bajo la influencia de alcohol o cualquier sustancia alucinógena, por los efectos nocivos y el peligro que representa para la integridad física y emocional de sus compañeros y de la comunidad
en general. Por ende se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas, cigarrillos, drogas, sustancias alucinógenas, enervantes o que creen dependencia; en las instalaciones, vehículos y áreas de trabajo de la empresa. Así mismo y en virtud del respeto por los valores éticos y morales, ningún trabajador debe involucrarse en la fabricación, distribución, posesión o venta de sustancias controladas.

Para Seguridad Central es fundamental y prioritario adoptar medidas técnicas, jurídicas, humanas y administrativas necesarias para procurar la seguridad de la información protegiendo la confidencialidad, integridad, uso, acceso no autorizado y/o fraudulento de la misma, es por eso que Seguridad central establece los siguientes lineamientos a colaboradores y terceros:

  •  Todos los colaboradores de Seguridad Central deben mantener la confidencialidad de toda la información confiada a ellos por la compañía, sus clientes, proveedores y terceros, y usar esta información sólo para negocios relacionados con la compañía, excepto cuando la publicación u otro tipo de uso esté autorizado de manera escrita o por mandato legal.
  • La información confidencial entregada a los colaboradores constituye un bien valioso, especial y único de la compañía. Esto incluye información publicada a los colaboradores en un esfuerzo de mantenerlos informados o en conexión con sus actividades de trabajo.
  • La información confidencial también incluye la información recolectada, adquirida o desarrollada durante el término de contratación de los colaboradores con la compañía, incluyendo la información que es originada por colaboradores actuando solos o en conjunto con otro personal de la compañía y/o tercero, Cualquier requerimiento externo de
    información confidencial de la compañía debe ser manejado por personas autorizadas para esto y debe reportarse inmediatamente al jefe correspondiente.
  • Así mismo, a la terminación de una relación laboral con cualquier colaborador, éste deberá regresar TODOS los materiales y documentos pertenecientes a Seguridad Central antes de su salida.
  • Terceros Todos los terceros deberán firmar acuerdos de seguridad, mediante los cuales nos ofrezcan guardar la confidencialidad de la información que se les proporcione, se deberá cuidar la confidencialidad de la información que se proporcione o a la que tengan acceso
    los visitantes acerca de los procesos internos de la compañía. Por ello, sólo se les podrán mostrar las instalaciones y equipos elementales, sin explicar en detalle los procesos de un área específica.
  • Cualquier incumplimiento a la presente política por parte de los colaboradores de Seguridad Central o de cualquier tercero, estará sujeto a la terminación inmediata y justificada de la relación laboral o contractual, respectivamente, así como a los procedimientos civiles y penales correspondientes para el resarcimiento de los daños y perjuicios causados a Seguridad Central.

Seguridad Central determinar los parámetros generales necesarios para la correcta preservación de los sistemas de información de la empresa de tal forma que se garantice el bueno uso y disposición de los recursos informáticos:

  • La información enviada o recibida en las cuentas asignadas por la empresa es de carácter laboral, en ningún caso se deben utilizar para enviar ofertas, ventas, mensajes sentimentales o contenidos ofensivos.
  • Las comunicaciones electrónicas que sean con fines laborales deben ser enviadas utilizado el correo corporativo de la empresa.
  • La administración de los buzones es responsabilidad de cada usuario, por ello deben realizar tareas mensuales de eliminación de mensajes, depuración de las bandejas enviados, recibidos y eliminados, estas medidas tomada debido a que el buzón tiene un tamaño máximo que una vez es superado ocasiona mal desempeño del servicio.
  • Se debe restringir el uso de los equipos de la empresa únicamente al personal autorizado para cada equipo; se prohíbe que personal ajeno a la empresa y por tanto, a las herramientas de trabajo hagan uso de las mismas, a menos que tengan autorización del funcionario encargado quien es directo responsable de dichos elementos y de la información de los mismos contienen.
  • Únicamente la Gerencia y el Ingeniero de Sistemas deben conocer las contraseñas de los equipos debido a su autoridad y responsabilidad como encargado de dicha área respectivamente.
  • Los equipos de cómputo de la Empresa sólo deberán ser utilizados para actividades de trabajo y no para otros fines (redes sociales, páginas pornográficas, correos electrónicos personales, etc.).
  • No debe ser modificada la configuración de hardware y software que tiene cada equipo, si llegase a presentar fallas o problemas de funcionamiento, deberá ser informado al ingeniero de sistemas para que el asigne una persona calificada para realizar la configuración.
  • Para realizar traslado o instalación de algún equipo, deberá ser informado al ingeniero de sistemas para que el asigne una persona calificada, los equipos No podrán ser trasladados ni instalados por personal no autorizado.
  • En caso de necesitar realizar el retiro de un equipo fuera de las instalaciones de la compañía se requiere una autorización escrita firmada por el ingeniero de sistemas y el director de seguridad, especificando el motivo del retiro y las características específicas del equipo.
  • No está permitida la instalación o descarga de programas, con o sin licencia, por personal no autorizado por el ingeniero de sistemas.
  • No está permitido ingerir alimentos y bebidas cerca de los equipos suministrados por la compañía para la realización de las actividades laborales.
  • Todo documento debe ser trabajado y guardado en la carpeta de nombre Eva, la cual guardara la información directamente en el servidor de la compañía, dentro de esta carpeta aparecerán otras carpetas con el nombre de su departamento se seleccionará el que corresponda y se guardaran todos los documentos.
  • No se debe permitir el acceso de terceros a los equipos de cómputo asignados para la realización de las actividades laborales, el ingeniero de sistemas o una persona autorizada tendrán acceso a ellos, únicamente si necesita realizar reparación, configuración o actualización del equipo.
  • Se deberían cerrar todos los programas y archivos cuando el usuario se ausenta de su puesto de trabajo.
  • Bloquear el usuario al ausentarse del puesto de trabajo.

SEGURIDAD CENTRAL LTDA, comprometida en generar un ambiente de trabajo sano, seguro y adecuado para todos sus trabajadores, contratistas y subcontratistas; promueve estrategias que minimizan el acoso laboral, contando con la participación de los trabajadores desde su responsabilidad y compromiso.

Para el cumplimiento de la Política se fijan los siguientes aspectos:

  • Todos los trabajadores tienen derecho a trabajar en un entorno libre de toda forma de discriminación y conductas que se puedan considerar hostigamiento, limitación o alteración.
  • Por su parte la empresa se compromete a prevenir y minimizar las conductas del acoso laboral y a defender el derecho de todos los trabajadores para ser tratados con dignidad en el trabajo. Todos ellos deberán colaborar conjuntamente en la instauración del plan de
    prevención contra el acoso laboral en el lugar de trabajo.
  • La empresa también se compromete a establecer actividades tendientes a generar una conciencia colectiva de sana convivencia, que promueva el trabajo en condiciones dignas y justas; la armonía entre quienes comparten vida laboral empresarial y el buen ambiente en la empresa y proteja la intimidad, la honra, la salud mental y la libertad de las personas en el trabajo.
  • La empresa trabajara en contra el acoso laboral desde un punto de vista preventivo, de manera que se integre la prevención de estas conductas en los sistemas de gestión que desarrolla.
  • Cualquier persona que se comprometa en un comportamiento de hostigamiento será sujeta a investigación de acuerdo a lo establecido en la normatividad vigente, procedimientos y sus respectivas medidas disciplinarias.

Seguridad Central LTDA, es una empresa que presta servicios de Vigilancia y Seguridad Privada, donde se compromete a dar un manejo veraz, completo y comprobable a la información suministrada por sus clientes, proveedores y contratistas, quedando prohibido el tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan al error.

Los datos personales se almacenarán en base de datos dentro de zonas seguras, protegidos mediante dispositivos de hardware y software de seguridad. Los servidores en donde reposa la información se encuentran protegidos físicamente en un lugar seguro. Solo personal autorizado puede acceder a ellos. La información que repose en archivos físicos, contara con la debida seguridad física y control de acceso.

Seguridad Central LTDA, aplicara los siguientes principios que se establecen a continuación, los cuales constituyen las reglas a seguir en la recolección, manejo, uso, tratamiento, almacenamiento e intercambio de datos personales:

  • Principio de acceso y circulación restringida
  • Principio de confidencialidad
  • Principio de finalidad
  • Principio de legalidad
  • Principio de Libertad
  • Principio de Seguridad
  • Principio de Transparencia
  • Principio de veracidad o calidad

La anterior obedece a:

  • Informar a los clientes, proveedores y contratistas, previa solicitud, respecto del uso que les ha dado a sus datos personales.
  • Dar tratamiento a las quejas por infracciones a lo dispuesto en la ley 1581 de 2012 y las demás normas que la modifique, adicionen o complemente.
  • Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando en el tratamiento no se respeten los principios, derechos y garanticas constitucionales y legales.

La Alta dirección adopta las siguientes políticas que deben cumplirse en Seguridad Central, los cuales están orientadas a permitir el eficiente, efectivo y oportuno funcionamiento del SIPLAFT y deben aplicarse de manera complementaria con las reglas incluidas en el Código de Conducta. En lo no previsto en estas definiciones, se aplicará lo dispuesto en las leyes, decretos y normas emitidas por la Supervigilancia o ente competente.

  • Cumplirá estrictamente con las normas gubernamentales que hagan referencia a la prevención del Lavado de activos y la financiación del terrorismo.
  • El SIPLAFT deberá atender a la naturaleza, objeto social y demás características particulares de Seguridad Central abarcará todas las actividades que en ella se realicen y los servicios que se presten, sean estos documentarios, electrónicos o los realizados en cualquier forma,
    se trate de moneda legal, o sean operaciones activas o pasivas o de cualquier otra naturaleza.
  • Seguridad Central reconoce de forma clara que es su obligación respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituidas para mantener la independencia y la integridad nacional; por lo tanto es obligación de los directivos y de los empleados de la organización de colaborar con la administración de justicia, atendiendo de manera
    oportuna los requerimientos expresos de las autoridades competentes y auxiliándolas en la lucha contra los delitos de LA/FT.
  • Seguridad Central, la alta dirección, entes de control y empleados, no podrán dar a conocer a las personas que hayan efectuado o intenten efectuar operaciones sospechosas, que se ha remitido a la UIAF información sobre las mismas y deberán guardar reserva sobre dicha
    información.
  • Impulsará a nivel institucional la cultura en materia de prevención y control del LA/FT, utilizando entre otras herramientas la capacitación, la cual para los empleados se realizará mínimo anualmente y formará parte del proceso de inducción para las nuevas contrataciones.
  • Mantendrá canales de comunicación efectivos e implementará controles entre la oficina principal y su sucursal, e instancias de reporte y consulta entre el Empleado de Cumplimiento y todas las dependencias de la institución.
  • Seguridad Central no podrá realizar ninguna operación comercial o contrato si un potencial cliente/asociado, usuario, proveedor o empleado aparece registrado en las listas SDNT (Lista Clinton), en la lista de Terroristas emitida por la Organización de Naciones Unidas (Lista ONU) o en listas internas propias.
  • Si un cliente/asociado o usuario es registrado en la lista SDNT (Lista Clinton), Seguridad Central deberá realizar las actividades necesarias para terminar la relación comercial y por tanto no podrá realizarse ninguna nueva operación con él. Estos eventos se reportarán a la
    UIAF como operaciones sospechosas.
  • Si una persona natural o jurídica ha sido reportada por Seguridad Central por un hecho de sospecha ante la UIAF se deberán realizar las actividades necesarias para terminar la relación comercial y por tanto no podrá realizarse ninguna nueva operación con ese asociado.
  • Mantendrá actualizado el archivo de los documentos relativos al LA/FT, de manera centralizada.

La política debe ser de estricto cumplimiento por todos y cada uno de los directivos y empleados, quienes en el desarrollo de sus diferentes funciones asignadas, deben anteponer principios y valores por encima de los objetivos comerciales de Seguridad Central. Los directivos y empleados en caso de actuaciones intencionales (dolosas) u omisivas (culposas), pueden versen envueltos en investigaciones internas, administrativas estatales o penales, asumiendo las consecuencias del caso de acuerdo con el Régimen Sancionatorio establecido en el Código de Conducta adoptado por la Alta dirección de Seguridad Central, el cual es de pleno conocimiento de todos y cada uno de los componentes de la Organización.

Para SEGURIDAD CENTRAL LTDA el bienestar de los colaboradores es una prioridad, por esto propendemos por la conciliación de la vida personal, familiar y profesional, respetando los horarios laborales de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Interno de Trabajo. Según lo anterior, la presente política contempla los derechos y obligaciones para todos los colaboradores establecidos en la ley 1191 de 2022.

Se procurará no impartir órdenes por fuera de la jornada laboral, a través de los diferentes medios electrónicos utilizados para la comunicación con los trabajadores (Correo electrónico, Teams, Whatsapp, teléfono). En todo caso, se debe tener en cuenta que pueden darse situaciones excepcionales que deberán ser atendidas por el colaborador de manera inmediata.

Respetar el trabajo en los días pactados, de modo que en el tiempo de descanso, licencia y permisos se evitarán las solicitudes de tareas, salvo que, concurran circunstancias de fuerza mayor o que supongan grave, inminente o evidente perjuicio para la compañía, caso en el que el colaborador estará en la obligación de dar respuesta al empleador, sin que tal circunstancia eventual pueda ser considerada como una forma de acoso laboral.

Promover la presente política y la participación en las actividades que incentiven el balance de vida y el respeto por los horarios laborales.

Se exceptúan de esta política los trabajadores que desempeñen cargos de dirección, confianza y manejo, tal como lo establece el art. 6 de la ley 1191 de 2022.

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